Páginas web y programas informáticos

CONVOCATORIA 2024

SUBVENCIONES PARA LA ELABORACIÓN DE PÁGINAS WEB Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS EN EUSKERA

Objeto

El objeto de estas subvenciones es la promoción  de los sitios web y programas informáticos elaborados en euskara de los que hagan uso las empresas y establecimientos de comercio y hostelería de Andoain en su actividad diaria o para información a sus clientes.

REQUISITOS

  • La empresa o establecimiento comercial deberá estar ubicado en el municipio de Andoain.
  • Que no haya transcurrido un año desde el momento de la inversión subvencionable en la implantación o renovación de páginas web y programas informáticos, hasta el momento de la solicitud de la subvención.
  • Todos los contenidos tendrán que estar, al menos, en euskera. Esto no impide que también estén en otros idiomas.
  • Sera imprescindible la calidad y corrección en el uso del idioma.
  • La/el solicitante se comprometerá a que dicha página web mantenga en adelante los contenidos y características por las que fue subvencionada, abandonando toda posibilidad de que sea exclusivamente en un solo idioma, a excepción del euskera.
  • Tanto las imágenes como los textos que se recojan en las páginas web y en los programas informáticos subvencionados, tendrán carácter no-sexista.

CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

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  • Sitios web íntegramente en euskera, o de carácter plurilingüe, en los que a la página web en euskera, se le dé, cuando menos igual tratamiento al que se conceda en las otras lenguas, priorizando en la primera página la página en euskera: el 50% del coste, con un límite de 500 euros por solicitante.
  • Sitios plurilingües, dando al euskera, al menos, el mismo tratamiento que se dé a los demás idiomas, pero sin priorizar la versión en euskera en la primera página: 30% del coste, con un límite de 250 euros por solicitante.

En el caso de programas informáticos:

Si el programa es íntegramente en euskera la ayuda será del 50% del coste con un máximo de 300 euros, y si es plurilingüe del 30%, con un máximo de 180 euros por solicitante.

La cantidad abonada en concepto de IVA sólo será subvencionable si la persona o empresa solicitante acredita no estar obligada/o a realizar declaración por este impuesto.

Las empresas sólo podrán acceder a las subvenciones relativas a páginas Web una vez cada diez años. No existe tal límite para los programas informáticos.

SOLICITUDES

Las personas solicitantes deberán presentar el IMPRESO DE SOLICITUD correspondiente con su documentación, desde el 22 de abril al 16 de junio de 2024.

Las solicitudes podrán presentarse a través de los siguientes medios:

  • Presencialmente, en el Servicio de Atención Ciudadana ATARIA del Ayuntamiento de Andoain.
  • A través de los servicios telemáticos del Ayuntamiento de Andoain
  • En el registro de cualquier Administración Pública (Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, Administración del Estado o Entidades dependientes) siempre que se encuentre en el sistema SIR.
  • Correos, en la oficina ORVE.
  • En los términos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

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